Associació Catalana de Iuslaboralistes
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Any 2015

STJUE de fecha 13/5/2015doc 19/05/2015
Resuelve una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado Social 33 de Barcelona, en materia de despido colectivo, con importantes conclusiones respecto al concepto de centro de trabajo y al método de cálculo del número de trabajadores para apreciar si se ha llevado a cabo un despido colectivo.


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